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              "Pensé que iba a morir en la prisión"

El ecuatoriano Jesús Vélez Loor fue detenido en la frontera panameña sin documentación. Su caso fue presentado por la CIDH a la Corte Interamericana de Derechos Humanos, que, en una decisión paradigmática, consideró a Panamá  responsable por las violaciones a sus derechos humanos en su detención y desarrolló estándares para garantizar los derechos de las personas migrantes.

Jesús Vélez Loor sintió el frío de las puntas de los fusiles en la cabeza y la espalda. Desnudo, tirado en el suelo, de brazos cruzados y piernas abiertas, había sido detenido por la policía en la frontera panameña. Más precisamente, en Tapón del Darién, la selva entre Colombia y Panamá que une la América del sur a la central, considerada como una de las rutas migratorias más peligrosas del continente. Era noviembre de 2002.

Jesús cuenta que tardó una semana para recorrer el territorio por donde pasan guerrilleros, narcotraficantes y migrantes, pasando por ríos, lomas y comunidades indígenas. Tan desafiante como hermosa, la espesa vegetación contiene una de las mayores biodiversidades del planeta. Jaguares y serpientes son algunas de las preocupaciones de quien pasa por allí.

Venía de Ecuador, donde trabajaba como comerciante de vehículos usados. "Con la crisis económica ya no tenía a quién vender autos. Por eso me fui del país y quería llegar a los Estados Unidos", dice.

 

La policía alegó que Jesús había falsificado su visa y que no tenía la documentación necesaria para estar en el país. Sin ropa ni zapatos, lo hicieron caminar por un río hasta llegar al puesto policial en el Darién. Acusado de ser guerrillero de las FARC (Fuerzas Armadas Revolucionarias de Colombia), fue atado a un poste con el brazo derecho arriba y obligado a quedarse en la punta de los pies por ocho horas. Después lo llevaron en helicóptero a un presidio donde estuvo detenido por una semana, y desde allí al complejo penitenciario La Isla, en el cual fue recluido con presos comunes.

 

"Las condiciones allí eran terribles. Había muchos presos con sarna, yo también fui infectado. No teníamos atención médica", cuenta Jesús. "La desesperación nos llevó a hacer una huelga de hambre para exigir nuestra inmediata deportación. La policía entonces nos golpeó y un agente fracturó mi cráneo con un palo de madera”.

 

Jesús fue condenado a dos años de prisión por entrar ilegalmente en Panamá, sin haber visto nunca un abogado ni un juez, y fue trasladado a la cárcel La Joyita. Allí, por sus propios medios, consiguió un teléfono y llamó a la Embajada de Ecuador para pedir la impugnación de la sentencia - lo que nunca sucedió.

En 2003 hizo otra huelga de hambre y se cosió la boca. A causa de ello lo trasladaron a un pabellón de máxima seguridad. "La primera cosa que hicieron fue tirar gas pimienta en mi cara. Grité y me rasgué toda la boca ", dice Jesús. "Me quitaron mi ropa, me tiraron al suelo junto a un grupo que estaban torturando. Era una habitación fría y húmeda, manchada de sangre, con un olor terrible. Me golpearon en la planta de los pies, en la cabeza, espalda, vientre, perdí un testículo. Yo pensé que iba a morir en la prisión cada vez que fui condenado sin poder defenderme. Estaba incomunicable con el mundo exterior. Perdí la esperanza de vivir porque estaba enfermo de las torturas". 

 

Meses después fue liberado. Llegó a Ecuador y denunció lo que le habían hecho en Panamá. Sin embargo, nunca se investigaron estos hechos.  

 

La denuncia va a la Corte Interamericana de Derechos Humanos

 

En 2006 la denuncia fue aceptada por la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH), que consideró el estado de Panamá responsable por, entre otras violaciones, privación de libertad ilegal y arbitraria, y daño a la integridad de Jesús debido a las malas condiciones de detención y la falta de investigación con respecto a las denuncias de tortura.

 

El caso fue presentado por la CIDH ante la Corte Interamericana de Derechos Humanos en 2009, en razón a que el Estado de Panamá no cumplió las recomendaciones del informe de la Comisión. Este caso fue la primera vez en la que la Corte Interamericana dictó una sentencia relativa a los derechos de las personas migrantes en contextos de control migratorio en el continente americano. La Corte Interamericana declaró que Panamá era responsable por violación de los derechos a la libertad personal, garantías judiciales, principio de legalidad e integridad personal en perjuicio de Jesús.

A nivel mundial e interamericano, la sentencia del caso Vélez Loor vs. Panamá es una decisión paradigmática pues es el primer caso en el que la Corte Interamericana desarrolla estándares relativos a los derechos a la libertad e integridad personales de una persona en situación migratoria irregular. Asimismo, en este caso la Corte IDH destacó que la entrada de forma irregular a otro país no debe ser considerada como un delito y que por tanto, los Estados deben abstenerse de adoptar medidas dirigidas a criminalizar la migración irregular, así como de utilizar la detención migratoria con fines punitivos para regular o desincentivar la migración irregular. A través de esta decisión, la Corte impuso límites precisos a la facultad de los Estados de restringir y privar de la libertad a una persona como consecuencia de la infracción de normas migratorias.

 

En concreto, la Corte desarrolló el estándar relativo al principio de excepcionalidad de la detención administrativa migratoria, la cual debe responder a un fin procesal, debe estar motivada jurídicamente, ser necesaria y tener una duración limitada. Asimismo, la Corte estableció que al cuestionar la legalidad de la detención esto debe hacerse necesariamente ante un juez o tribunal y que en lo que respecta a garantías judiciales, las personas migrantes deben contar con asistencia jurídica gratuita cuando  en el proceso exista la posibilidad de dictar una medida que afecte de manera significativa los derechos humanos de la persona migrante.

En la práctica, esta sentencia de la Corte sirvió para cambiar diversas políticas migratorias de Panamá con relación a las personas migrantes en situación irregular. Uno de los principales hechos concretos derivados de este caso y de las reparaciones ordenadas en el mismo fue la destrucción del  puesto policial en el Darién, en el cual Jesús había estado detenido y había sido torturado.

En relación con el cumplimiento de la reparaciones, Jesús indica que aún está a la espera de tratamiento médico y psicológico.

 

La Corte en su primera resolución de supervisión de la sentencia, declaró cumplido por Panamá la reparación económica relativa a el pago de la suma establecida por concepto de tratamiento y atención médica y psicológica especializada, así como medicamentos y otros gastos futuros. Y decidió seguir supervisando los puntos relativos a la investigación de los hechos, la situación de los albergues para personas migrantes y los programas de formación sobre investigación de tortura y derechos de las personas migrantes.

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